Posteado por: jak83 | diciembre 1, 2008

Software libre en reparticiones del estado

Software libre v/s propietario, el reclamo de la ACTI enciende la polémica

 

versus

Imagen obtenida de la obra: “Software libre vs software propietario. Ventajas y desventajas”, realizada por Montserrat Culebro Juárez, Wendy Guadalupe Gómez Herrera y Susana Torres Sánchez. Tiene licencia Creative Commons versión 2.5.

 

La siguiente es una noticia que trata sobre la incorporación dentro del presupuesto nacional 2009 de gastos en incorporación de software libre dentro de las reparticiones del estado. Todo se veia propicio, pero lo que encendió las alarmas y la molestia en la Asociación Chilena de Tecnologías de la Información (ACTI) es que la agrupación discrepaba abiertamente contra el hecho de lo que la siguiente glosa del documento indica: “La cotización de equipos computacionales que incluya el costo de licencias debe indicar al menos una alternativa con software licenciado bajo la modalidad de fuente abierta o libre de costo. La cotización deberá acompañarse por una justificación especial si es que existe un software de código abierto o libre de costo que realice la misma función” lo que, obviamente provocó la reacción de la entidad.

 

La emoción de parte de la gente del software libre es válida., No todos lo dias un gobierno se toma el tiempo de intentar incorporar a su gestión software libre. Sin embargo, el problema de fondo es el cambio de mentalidad de usuarios acostumbrados a software de microsoft, entre otras cosas más. Dejo el link de referencia, hay comentarios interesantes.

 

 Referencia:  ”Software libre v/s propietario, el reclamo de la ACTI enciende la polémica” (transmedia)

 url: http://www.transmedia.cl/noticia1=id251108.htm

Posteado por: jak83 | octubre 19, 2008

Noticias varias

Why Bill Gates wants 3.000 new patents

Reportaje de Randall Stross, publicado el 31 de Julio de 2005

Ilustración del New York Times

¿Por qué llegar a presentar hasta 3.000 patentes al año? Hay un reportaje interesante realizado el 2005 por el New York Times, en el que se hace una simple pregunta: ¿Por qué Bill Gates quiere 3000 nuevas patentes al año?, pues bien, en el reportaje lo que se da a entender es la naturaleza que hay detrás de todo esto por parte de Microsoft.  La empresa vio estudios que muestran que otras firmas de tecnología presentan dos solicitudes de patentes por cada US$ 1 millón gastados en investigación y desarrollo. Si Microsoft esta gastando entre US$ 6.000 millones y US$ 7.500 millones anualmente en investigación y desarrollo, tendría que presentar al menos 3.000 solicitudes de patentes al año!., aumentando aun mas su control sobre derechos de software ¿Que tal?, no nos deja de asombrar.

 

Fuente: Why Bill Gates Wants 3,000 New Patents (The New York Times, julio de 2005): http://www.nytimes.com/2005/07/31/business/yourmoney/31digi.html 

 

  

 

Copyright 2005, The New York Times Company

Posteado por: jak83 | octubre 19, 2008

Patentes de software

¿Qué ocurre con las patentes de software?

 

¿Qué es una patente?

 

  • Necesario registrarlas ante la Oficina Patentes
  • No es necesario implementar el elemento patentable
  • Otorga el derecho de excluir del mercado a terceros que utilicen el elemento patentado

 

¿Por que tanto miedo a la patentabilidad de un negocio?, por que al final es eso, un negocio, que como tal genera rentabilidad a quien lo desarrolló. Pues bien, el tema detrás de esto no es el de evitar o de quitarle los derechos de invención que se tiene por el desarrollo del software. El software como tal esta en todas partes, vivimos insertos en una sociedad dependiente cada vez mas de programas de computador, y es en ese aspecto que las patentes llegan a limitar el desarrollo. Las tecnologías de información y comunicación (TIC) tiene un rol mas importante aun, que es el de “compartir conocimiento e información”. Es así como se lograr productos mejores, es así como se permite  la innovación, y tratar de coartar el acceso a estas tecnologías es una violación a un derecho fundamental. Es quizas el fundamento base para ir en contra de la patentabilidad del software.

 

Otro punto importante es que muchas actividades, especialmente la programación, se hacen extremadamente arriesgadas, ya que es muy fácil que en el desarrollo de un programa complicado se viole accidentalmente alguna patente. Cuando dos o más empresas están investigando para resolver un problema, es muy probable que lleguen a una solución similar casi al mismo tiempo, pero sólo una (generalmente la de mas recursos) lograría patentar su invento, perdiendo las otras toda posibilidad de rentabilizar su inversión. Todo desarrollo técnico complejo puede convertirse en una pesadilla si para cada una de las soluciones de sus partes es necesario investigar si la solución encontrada está patentada (o en trámite), para intentar obtener la licencia o para buscar una solución alternativa. Este problema es especialmente grave en el software libre, donde las violaciones de patentes de algoritmos son evidentes por simple inspección del código. Aunque en Europa aún es ilegal patentar un algoritmo, puede serlo en muy breve plazo. Hay organizaciones que luchan por informar a la comunidad sobre estos problemas, entre ellas están:

 

Stop Software Patents.

Es una organización dedicada a divulgar noticias e información en contra de la patentabilidad del software, utilizando como argumento central la “el sofocamiento de la innovación”. De hecho, el 24 septiembre fue el día mundial en contra las patentes de software. En la página se encontrarán variados comentarios de importantes entidades y personas, así como documentos y noticias sobre lo que actualmente está pasando en relación a las patentes de software. Es una página en inglés, pero que vale la pena visitar.

 

Stop Software Patents: http://stopsoftwarepatents.org/

No Software Patents.

Por otro lado se tiene también está página que se encuentra en español, que sigue las misma tendencia de la anterior (quizás un poco mas extremista en su punto de vista), pero que informa de los posibles problemas que traería consigo el patentar el software.

 

No Software Patents: http://www.nosoftwarepatents.com/es

 

 

Posteado por: jak83 | octubre 5, 2008

Aspectos legales 2.0

 

En palabras de Richard Stallman ´´ En lugar de poner el software libre GNU en el dominio público, nosotros lo protegemos con Copyleft “

 

¿Cómo afectan los derechos de autor a la industria del software?

 

Desde su aplicación han marcado la estructura de la industria del software. Por legislaciones y, por asimilación de otros mercados de propiedad intelectual, como el de la música, se ha acabado en un modelo de cobro por copia. La aparición en los últimos años de un modelo diferente, el software libre, está haciendo tambalearse este mercado de licencias.

 

Licencia GPL      ( www.fsf.org/licensing/licenses/gpl.html )

 

Como se ha mencionado, existen muchas licencias, dentro de las cuales la más conocida dentro del ambiente del software libre es la licencia GNU GPL desarrollada por la Free Software Foundation (FSF), la que está basada en las 4 libertades de la definición de la FSF. Esta licencia incluye la protección para que el software no pueda ser convertido en un software privativo:

 

“Cada vez que usted redistribuya el Programa (o cualquier trabajo derivado del Programa), el receptor automáticamente recibe la licencia por parte del licenciatario original para copiar, distribuir o modificar el Programa sujeto a estos términos y condiciones. Usted no puede imponer ninguna otra restricción a los receptores limitando los derechos garantizados en esta Licencia.”

 

Una forma clásica de expresar en un programa que se encuentra bajo la licencia GNU Licencia Pública General (GPL) lo podemos ver con el siguiente ejemplo:

 

 

Cláusulas de no responsabilidad 

 

 

Todas las licencias de software libre (igual que las de software privativo) incluyen una limitación de garantía que es en realidad una negación de garantía, necesaria para evitar demandas legales por garantías implícitas. Aunque se ha criticado mucho esta negación de garantía en el software libre, es práctica habitual en el software propietario, que generalmente solo garantiza que el soporte es correcto y el programa en cuestión se ejecuta.

 

Es importante también destacar dos características especiales de las cláusulas de no responsabilidad en el caso del software libre:

 

  • En la mayoría de los casos el usuario no recibe un programa libre como resultado de una transacción comercial directa o indirecta) con el productor. Por ello, parece razonable que el autor no tenga responsabilidad sobre el uso que pueda hacer del programa cualquiera si no ha tenido ningún tipo de relación comercial con el, ni contraprestación económica.

 

  • Cualquiera puede, si quiere, proporcionar servicios con cualquier tipo de garantía sobre cualquier programa libre. Puede hacerlo no sólo porque el programa esté disponible para su redistribución, sino también porque puede inspeccionarse y modificarse (por ejemplo, para resolver un error que presente), por lo que una empresa especializada podría decidir, después de estudiar y estabilizar un programa a su gusto, ofrecerlo de forma garantizada a sus clientes (Que quizás estarían dispuestos a pagar por ello una cantidad que permita a esa empresa sufragar el estudio y estabilización).

Se recomienda visitar la “guía práctica sobre el software libre, su selección y aplicación local en América latina y el caribe”, que tiene como fuente a la UNESCO.

 http://unesdoc.unesco.org/images/0015/001560/156096s.pdf

 

 ¿Será así la cosa?

 

 

 Al final lo realmente importante es que tengamos alternativas, y poder elegir… 

Posteado por: jak83 | octubre 5, 2008

Aspectos legales

 

“Copyright 2007 Fundación Vía Libre según los términos de  la licencia Creative Commons  Atribución  2.5  de  Argentina”

Veamos para empezar una breve descripción de lo que es el software libre (free software), que suele traer confusión, pues la traducción de “free” tiene dos connotaciones: libre o gratis, lo último claramente no es.  Así, software libre se puede entender como:

“Es aquel software que tiene su código fuente abierto, de ahí el término “Open Source”, lo que no quiere decir que sea un software sin fines comerciales o gratuito, ya que un software libre puede  ser diseñado con fines comerciales al igual que el software privativo, y sin salirse de su propósito original que es el de conceder las libertades que el software privativo no permite”.

¿Pero que libertades? Bueno, responder esta pregunta no es del todo complicado, es solo irse a leer los términos de licencia de un software privativo (¿alguien lo ha hecho?, apostaría que no muchos). O, mas rápido, ponerse a pensar en que cosas puedo y cuales no puedo hacer con el software propietario, se podrá notar la diferencia. Entre las libertades que el software libre permite están:

Libertad para usarlo

Libertad para copiarlo

Libertad para corregirlo

Libertad para ejecutarlo

Libertad para  estudiarlo

Libertad para adaptarlo

Libertad para mejorarlo

Libertad para publicarlo

O sea, todo lo contrario al software privativo, que según los más fanáticos  puede resumirse como “restricción sobre restricciones”.

 

Todo esto se puede por que, se permite el acceso al código fuente (Open Source). De hecho, se cuentan en la actualidad con tres entidades que definen lo que es software libre, una buena pregunta sería por que 3 definiciones, pero acá van:

 

Definición de la free software foundation (FSF):  www.gnu.org/philosophy/free-sw.html

Definición de la Open Source Iniciative (OSI):  www.opensource.org/docs/osd

Definición del proyecto Debian (DFSG):  www.debian.org/social_contract.html#guidelines

 

El tema principal que salta al leer lo que se puede hacer con software libre es que hay con los aspectos legales detrás de el.  Hay una frase que más o menos nos introduce al tema de las licencias.

 

“La licencia de la mayoría de los programas están diseñadas para quitarle la libertad de compartirlos y cambiarlos”

                                                                                                                 GNU General Public License, version 2

 

Un aspecto de real importancia para empezar es definir que pasa con el aspecto legal del software. Según leyes y orientaciones dadas por la organización mundial de propiedad intelectual se establecieron las normas de derecho de autor (copyright) como una alternativa de protección para el software. Con el modelo de copyright coexiste el sistema de patentes, que otorga derechos de monopolio sobre una invención (por un período aproximado de 20 años, dependiendo del país). Los dueños de la patente deciden quién puede usar sus invenciones y fijan un precio por ello.

Pero bien, ya se tiene un punto de partida. “El software se rige mediante el derecho de autor”, que en el caso del software libre es mas real que en el propietario, pues el autor del software será referenciado en cada nuevo software que ocupe el código hecho por el, de hecho esa es la idea. Diferente es el caso en el software propietario, pues en varios de los casos la autoría suele darse a empresas de desarrollo.

Un punto importante que surge de todo esto es sobre el derecho de autor, o copyright. Este derecho, es aplicado a obras de creación (como se ha mencionado), en los que  se incluye al software, y prohíbe reproducirlas sin permiso, total o parcialmente, con o sin modificaciones. Esto es lo que normalmente ocurre en el software propietario. En contraposición al  copyright, los “software libertarios” (por así decirles) de aquella época, debieron haber pensado en la dualidad que hay en las cosas de la vida y sacaron su propia versión, el llamado “copyleft”, que suele llamarse como una restricción a las restricciones, donde el titular puede otorgar licencias abiertas y específicas que permiten su uso, distribución, y redistribución por terceros, pero que evitan que estos posteriores usuarios le introduzcan restricciones a los resultados o mejoras así logrados. Es decir, que se sigan cumpliendo las condiciones de la licencia después de la primera redistribución. Esta característica usada sobre todo por la Free Software Foundation, ha permitido ver nacer la gran cantidad de licencias que el software libre pone a disposición de los usuarios. En los links a continuación se pueden estudiar, ya que ambas poseen  un punto de vista filosófico diferente que conviene analizar:

Free Software Foundation (FSF) : www.gnu.org/licenses/license-list.html

 

Open Source Initiative (OSI):  www.opensource.org/licenses/index.html

 

 

Posteado por: jak83 | mayo 16, 2008

Prueba

Este es un blog dedicado a mostrar información referente a software libre y sus capacidades.

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